¿Cómo legalizo mi actividad o obra? Procedimientos administrativos.
Si bien es cierto que cada ayuntamiento tiene sus ordenanzas municipales propias integradas en su Plan General de Ordenación Urbana, el procedimiento a seguir para la “legalización” de las actividades y obras se fundamenta en normativas del ámbito de la Comunidad Valenciana.
Procedimientos administrativos para “legalizar” una actividad.
Podemos distinguir fundamentalmente los siguientes procedimientos para “legalizar” una actividad, clasificados en función del grado de incidencia ambiental:
Actividades sometidas al régimen de Autorización Ambiental Integrada (A.A.I.)
Actividades sometidas al régimen de Licencia Ambiental
Actividades sometidas el régimen de Declaración responsable ambiental / Comunicación de actividades inocuas
Actividades sometidas al régimen de Licencia Ambiental
Actividades sometidas al régimen de Declaración Responsable / Autorización Administrativa del Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell
SOLUCIONES LEGALES PARA ACTIVIDADES Y OBRAS
Procedimientos administrativos para “legalizar” una obra.
Cada ayuntamiento en la Comunidad Valenciana tiene sus propias ordenanzas municipales incluidas en su Plan General de Ordenación Urbana para regular las obras, aunque el procedimiento de legalización suele ser similar en todos.
Existen cuatro tipos de trámites para autorizar una obra, ordenados de menor a mayor complejidad:
Existen cuatro tipos de trámites para autorizar una obra, ordenados de menor a mayor complejidad:
Comunicación previa
Declaración responsable
Licencia de obra menor
Licencia de obra mayor
La declaración responsable
Es el trámite más común, salvo que la obra requiera una licencia por su complejidad, o sea tan simple que pueda tramitarse con una comunicación previa.
En el caso de obras para implantar una actividad, la tramitación se hace de forma conjunta con la de dicha actividad, según lo que establezcan las ordenanzas locales.
Por norma general:
Las obras nuevas, ampliaciones, demoliciones o las que afectan a elementos protegidos requieren licencia.
El resto se puede tramitar con declaración responsable.
Las obras muy simples se pueden hacer con comunicación previa.
Es clave encajar la obra en el trámite menos restrictivo posible, ya que eso agiliza mucho el proceso.
Conocer bien la normativa permite elegir el procedimiento adecuado para cada caso.
En el caso de obras para implantar una actividad, la tramitación se hace de forma conjunta con la de dicha actividad, según lo que establezcan las ordenanzas locales.
Por norma general:
Las obras nuevas, ampliaciones, demoliciones o las que afectan a elementos protegidos requieren licencia.
El resto se puede tramitar con declaración responsable.
Las obras muy simples se pueden hacer con comunicación previa.
Es clave encajar la obra en el trámite menos restrictivo posible, ya que eso agiliza mucho el proceso.
Conocer bien la normativa permite elegir el procedimiento adecuado para cada caso.
¿Y dónde encajo yo?
Realizo todos los trámites administrativos desde su inicio hasta la obtención de la autorización correspondiente para todos y cada uno de los procedimientos descritos, no sólo de la documentación técnica propia del ingeniero, sino también del papeleo, contacto y gestión adiministrativa que conlleva en los distintos organismos.
Te ayudo a la concepción de tu idea, proponiéndote alternativas de diseño y distribución de la actividad y obras asociadas, siempre sobre el fundamento de la normativa legal de aplicación; para así, finalmente, reflejar esta idea en los documentos necesarios para su consecución
Te ayudo a la concepción de tu idea, proponiéndote alternativas de diseño y distribución de la actividad y obras asociadas, siempre sobre el fundamento de la normativa legal de aplicación; para así, finalmente, reflejar esta idea en los documentos necesarios para su consecución
TUS IDEAS SON MIS PROYECTOS.
¿Cuánto me puede costar?
El precio depende del régimen de intervención administrativa que le corresponda a la actuación, así como de la envergadura de la misma.
